El Gobierno de CLM aprueba nuevas ayudas para autónomos y pymes

29 de enero 2021

 

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado por decreto una partida de 60 millones de euros en ayudas a autónomos y pymes de los sectores afectados por la crisis sanitaria. Unas ayudas que van desde los 2.100 a los 10.000 euros según el número de trabajadores de cada empresa, las mayores ayudas a estos sectores de todo el país. 

De la partida de los 60 millones, 23 millones se destinarán a autónomos sin asalariados, que percibirán 2.100 euros por persona afectada.

La otra línea, dotada con 37 millones de euros, será para autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes) con hasta 250 asalariados, con ayudas de entre 4.000 hasta 10.000 euros según el número de trabajadores, siempre que hayan sufrido pérdidas en la facturación de al menos 40%.

Castilla-La Mancha es la comunidad autónoma que mayor esfuerzo está realizando para mantener el tejido empresarial y el empleo. 

La orden será publicada el próximo lunes y podrá solicitarse a partir de esa misma noche a las 00.00 h, siendo el plazo límite el 1 de marzo. La concesión se hará por orden de entrada, al ser ayudas directas.

 

· Requisitos:

      1. - Corriente de pago
      2. - Dado de alta en alguna actividad del Anexo
      3. - Reducción facturación 40% en los últimos 3 trimestres de 2020 respecto al mismo periodo de 2019

· Cuantía:

1/ Línea 1 Autónomos sin asalariados: 2.100€

Línea 2: pymes y autónomos con asalariados

      • 4.000€ si hay < 5 trabajadores
      • 6.000€ entre 5 y 10 trabajadores
      • 8.000€ entre 10 y 25 trabajadores
      • 10.000€ entre 25 y 250 trabajadores

 

· Documentación:

  1. - Para la Línea 1:

1º. Resolución de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o en la Mutualidad de Previsión Social correspondiente o certificado de vida laboral.

2º. Certificado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la información correspondiente a los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), en los que está dado de alta.

  1. - Para la Línea 2:

1º. Informe de plantilla de trabajadores en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social referido a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, en el que consten relacionadas todas las cuentas de cotización, u otros documentos de la Seguridad Social que acrediten el empleo existente a dicha fecha.

2º. Informe de plantilla de trabajadores en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social referido a la fecha de finalización del plazo de doce meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en el que consten relacionadas todas las cuentas de cotización, u otros documentos de la Seguridad Social que acrediten el empleo existente a dicha fecha.

3º. Además, en el caso de trabajadores autónomos con asalariados, resolución de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o en la Mutualidad de Previsión Social correspondiente o certificado de vida laboral.

4º. Certificado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la información correspondiente a los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), en los que está dado de alta.

El texto íntegro del decreto puedes consultarlo HACIENDO CLIC AQUÍ.