Medidas obligatorias para San José y Semana Santa


El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, ha aprobado el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre declaración de actuaciones coordinadas en salud pública frente a la COVID-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa 2021.

1. Medidas de obligado cumplimiento:

1.1. Limitación de la movilidad territorial:
La movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las comunidades y ciudades autónomas y sujeta a las excepciones reguladas en el artículo 6 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. Lo anterior no será de aplicación a las comunidades autónomas de Islas Canarias e Islas Baleares. La entrada en sus territorios se limitará a los supuestos establecidos en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

1.2. Limitación de movilidad en horario nocturno: 
Se limitará el derecho de movilidad nocturna como máximo a partir de las 23:00 horas y hasta las 6:00 horas.

1.3. Limitación de la permanencia de grupos de personas en los espacios públicos o privados:
Se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes. Aquellas comunidades y ciudades autónomas que se rijan por medidas más restrictivas que las contempladas en el apartado primero.1 de este acuerdo, serán quienes decidan la conveniencia o no de flexibilizarlas, teniendo en cuenta que ello supondría una modificación de los hábitos establecidos hasta ahora y que están siendo cumplidos por la ciudadanía. 

A continuación se detallan las medidas publicadas:

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