Medidas obligatorias para San José y Semana Santa
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El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, ha aprobado el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre declaración de actuaciones coordinadas en salud pública frente a la COVID-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa 2021.
1. Medidas de obligado cumplimiento:
1.1. Limitación de la movilidad territorial:
La movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las comunidades y ciudades autónomas y sujeta a las excepciones reguladas en el artículo 6 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. Lo anterior no será de aplicación a las comunidades autónomas de Islas Canarias e Islas Baleares. La entrada en sus territorios se limitará a los supuestos establecidos en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
1.2. Limitación de movilidad en horario nocturno:
Se limitará el derecho de movilidad nocturna como máximo a partir de las 23:00 horas y hasta las 6:00 horas.
1.3. Limitación de la permanencia de grupos de personas en los espacios públicos o privados:
Se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes. Aquellas comunidades y ciudades autónomas que se rijan por medidas más restrictivas que las contempladas en el apartado primero.1 de este acuerdo, serán quienes decidan la conveniencia o no de flexibilizarlas, teniendo en cuenta que ello supondría una modificación de los hábitos establecidos hasta ahora y que están siendo cumplidos por la ciudadanía.
A continuación se detallan las medidas publicadas: